jueves, 25 de febrero de 2010

Nº 341 MINUTA DEL COSEJO UNIVERSITARIO EXTRAORDINARIO Nº 341

Propuesta de agenda:

Punto único a tratar: Políticas de distribución presupuestaria 2010.

Este Consejo Universitario Extraordinario 341 fue convocado para celebrarse el día miercoles 24 de febrero de 2010 a las 09:00 a.m. en el Salón de Sesiones del Consejo Universitario. Previo anuncio por parte de la Secretaría de la existencia del quórum reglamentario, la Presidencia, declaró abierta la sesión con la asistencia de los siguientes miembros del Consejo Universitario:

Dr. Raúl López Sayago, Rector de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador
Doctora Moraima Esteves, Vicerrectora de Investigación y Postgrado de la UPEL.
Profesora María Teresa Centeno, Vicerrectora de Extensión de la UPEL.
Doctora Liuval Moreno de Tovar, Secretaria de la UPEL.
Doctor Pablo Ojeda, Director Decano del Instituto Pedagógico de Caracas.
Profesora Andréa de Hernández Directora-Decana IP de Maracay "Rafael Alberto Escobar Lara"
Dr. Nelson Silva, Director-Decano IPB "Luis Beltrán Prieto Figueroa" de Barquisimeto.
Doctor Alcides Zaragoza, Director Decano del Instituto Pedagógico de Maturín.
Doctor Manuel Reyes Barcos, Director Decano del I P de Miranda “José Manuel Siso Martínez”.
Doctor Marcos Rojas, Director Decano del Instituto de Mejoramiento Profesional del Magisterio.
Profesor Luís Beltrán Castillo, Director Decano del Instituto Pedagógico Rural “El Mácaro”.
Profesor Luís Sánchez, Director Decano (E) del Instituto Pedagógico Rural “Gervasio Rubio”.
Doctor Fernando Velásquez, Representante de los Profesores ante el Consejo Universitario.
Doctora Nelly Ruíz, Representante de los Profesores ante el Consejo Universitario.
Doctora Grisel Bolívar, Representante de los Profesores ante el Consejo Universitario.
Profesor Gilberto López Ramírez, Representante de los Egresados ante el Consejo Universitario.
Br. Grey Hernández , Representante Estudiantil ante el Consejo Universitario.

Invitados Especiales:
Dra. Miriam Quintana de Robles, Directora General de Planificación y Presupuesto de la UPEL.
Profesora Betsy Coromoto Hurtado, Directora General de Personal de la UPEL.
Licenciado Oscar Bolívar Bolívar, Director General de Administración de la UPEL.
Doctor Gilberto López, Consultor Jurídico de la UPEL.

Licenciada Lorena Roselli, Jefa de la Coordinación Nacional de Programación y Control Presupuestario de la UPEL
Profesora Saelda Martínez, Coordinadora de Publicaciones Especiales de la Secretaría de la UPEL


Comentario introductorio

Los presupuestos son herramientas que utilizan las instituciones con el propósito de controlar y manejar efectivamente las partidas de gastos y de ingresos. Es un instrumento de gobierno, administración y ejecución de los planes de desarrollo socio-económicos. Por esto se hace imprescindible la clasificación de partidas que avalen las cuentas de dicho presupuesto como medida organizativa para un mayor control y eficiencia a la hora de ponerlo en práctica que genere un equilibrio perfecto y a su vez sea una herramienta eficaz para la administración.
Las clasificaciones de las partidas deben hacerse de una manera balanceada, puesto que una inclinación a nivel contable dañaría la información para la formulación y ejecución de los programas. Es preciso que cada una tenga un desarrollo a un nivel y medida justa para su mayor comprensión y manejo tanto en el ámbito fiscal como a nivel de programación y administración. Estas son de gran ayudan pues dotan de información a tiempo para la toma de decisiones y en algunos casos como es la clasificación por objeto de gastos que sirven de auxiliar para mantener un control adecuado de los gastos evitando en muchos casos las malversaciones de fondos y los gastos injustificados.
Un principio básico en la elaboración del presupuesto es la Claridad ya que por la misma se puede ver con certeza las informaciones, hacerlas confiables y mostrar hacia donde van los fondos del estado y si se justifican adecuadamente los gastos del mismo. Este documento es esencialmente de carácter formal; si los presupuestarios se expresan de manera ordenada y clara, todas las etapas del proceso pueden ser llevadas a cabo con mayor eficacia y transparencia.


INICIO Y DESARROLLO DEL CONSEJO UNIVERSITARIO EXTRAORDINARIO 341

El Consejo Universitario lo inicia el ciudadano Rector Dr. Raúl López señalando que daría el derecho de palabra al equipo técnico de administración, planificación y presupuesto para que expusieran los alcances de la distribución presupuestaria de la UPEL prevista para el 2010.

La explicación sobre los alcances de la distribución presupuestaria de la UPEL prevista para el 2010, lo inicia la Dra Mirian Quintana, Directora General de Planificación y Presupuesto de nuestra Universidad señalando que el presupuesto asignado para la UPEL es de Bs. 646.751.070 el mismo ya aprobado anteriormente, del cual el 94,06% son para gastos de personal, quedandonos solamente 0,94% para gastos de funcionamiento, el cual se distribuye para los diferentes proyectos de la Universidad. Solo los proyectos básicos de la universidad y comunes al sector universitario son los que se financiaran, a saber: Formación de Docentes, Formación de Postgrado, Generación, Divulgación y Aplicación del Conocimiento, Intercambio del Conocimiento con la Sociedad, Captación, Permanencia y Formación Integral del Estudiante y Fortalecimiento y Desarrollo de la Gestión Científica, Tecnológica y Humanística.

Redactando la minuta observamos que sumando el 94,06% y el 0,94% falta un 5% para completar un 100% de la asignación presupuestaria. Por tanto no se sabe nada de este 5%, en que se distribuye y al no tenerse con antelación esta distribución presupuestario tampoco hay tiempo para analizarlo y hacer las preguntas que bien puedan aclarar las dudas y aportar mejoras al presupuesto.



Luego continua la Lic Lorena Roselli, Jefa de la Coordinación Nacional de Programación y Control Presupuestario de la UPEL, explicando que la formación de docentes, el recurso asignado es el mismo del 2009 para cubrir la matrícula de 109.239 alumnos de pregrado, lo cual significa que no se puede aumentar la matrícula más allá de la cifra de109.000, es decir que la admisión de estudiantes está sujeta reemplazo de los egresados.
Después detalló los Lineamientos Administrativos para la Distribución del Presupuesto 2010 a los Institutos y Sede Rectoral que a continuación se exponen con comentarios donde consideremos convenientes.

PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL EJERCICIO FISCAL 2010

El presupuesto de Recursos de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador UPEL para el ejercicio Fiscal 2010 es de Bs. 646.751.170 (seiscientos cuarenta y seis millones setecientos cincuenta y un mil ciento setenta bolívares), será generado de la siguiente manera:


Recursos otorgados por el Ejecutivo Nacional como Aporte Fiscal, la cantidad de Bs. 607.315.055 (seiscientos siete millones trescientos quince mil cincuenta y cinco bolívares).


Ingresos generados por actividades propias de la Universidad Bs. 30.510.429 (treinta millones quinientos diez mil cuatrocientos veintinueve bolívares), los cuales provienen de:Los Proyectos: Formación de Docentes Bs. 12.607.630 (doce millones seiscientos siete mil seiscientos treinta bolívares), Formación de Postgrado Bs. 6.910.979 (seis millones novecientos diez mil novecientos setenta y nueve bolívares); Intercambio del Conocimiento con la sociedad Bs. 3.413.511 (tres millones cuatrocientos trece mil quinientos once bolívares), Captación, Permanencia y Formación Integral del Estudiante Bs. 1.599.703 (un millón quinientos noventa y nueve mil setecientos tres bolívares), Fortalecimiento y Desarrollo de la Gestión Científica, tecnológica y Humanística Bs. 2.725 (dos mil setecientos veinticinco bolívares)


1) Proyecto Formación de Docentes. Gastos propios de las acciones de gerencia y coordinación académica y los gastos de funcionamiento asociados a la acción de Formación de Profesionales, correspondientes a las actividades que desempeñan los Departamentos, Programas y Unidades de Apoyo a la docencia. Será distribuido de la siguiente manera: 50% de los recursos financiados por las Normas del CNU correspondientes a los gastos de funcionamiento, en partes iguales a los Pedagógicos; este porcentaje permitirá financiar las funciones básicas de esas dependencias, y 50% restante, de acuerdo a la cantidad de bachilleres reconocidos en la estadística de la Universidad para el año 2.009, necesarios para la ejecución de productos programados en el Plan Operativo Anual, en las Acciones Específicas del proyecto.


Total Proyecto 01 "Formación de Docentes"



IPC

IPB

IPMar

IPMat

IPM Siso

IMPM

IPRMácar

IPRGR

Sede Rec


Total

39.130

153.092

233.361

221.862

33.991

140.543

159.525

152.984

303.878




Observación: No se especifica el monto para los gastos de funcionamiento, así como tampoco se señala en los cuadros presentados a la Representación Profesoral de distribución en partes iguales del 50% de lo asignado por el CNU. No se presentó la estadística de bachilleres de la Universidad para la justificación del otro 50%. Y en el cuadro de Formación de Docentes el monto de los gastos propios de la Sede Rectoral supera el monto de cada uno de los pedagógicos.



2) Proyecto Formación de Postgrado. Los recursos del aporte fiscal de la Norma CNU deben financiar la totalidad de los gastos propios de las acciones de gerencia y coordinación académica de los gastos de funcionamiento e inversión asociados a la acción de Formación de Postgrado, correspondientes a las actividades específicas que desempeñan las Especializaciones, Maestrías y Doctorados. Será distribuido de la siguiente manera: tomando como base el número de subprogramas autorizados por el Consejo Nacional de Universidades en cada Pedagógico Bs. 658 anuales para cada uno, de manera que pueda ayudar al funcionamiento básico del postgrado; se distribuirá presupuestaria y financieramente de acuerdo con lo proyectado en el POA. No quedan recursos pendientes por distribuir para las exoneraciones. Los recursos asignados a este Proyecto deben garantizar la atención de 10.212 alumnos de postgrado en las Especializaciones, Maestrías y Doctorados.

Total Proyecto 02 "Formación de Postgrado"


IPC

IPB

IPMar

IPMat

IPM Siso

IMPM

IPRMácar

IPRGR

Sede Rec

Total

13.491

8.272

7.387

6.847

6.438

14.120

3.535

4.930

52.147



Observación: No entendemos como los recursos del aporte fiscal de la Norma CNU deben financiar la totalidad de los gastos de funcionamiento de Postgrado a 10.212 alumnos de Especializaciones, Maestrías y Doctorados. ¿Si no quedan recursos pendientes por distribuir para las exoneraciones, entonces qué se hace con los ingresos propios que se obtienen por concepto del cobro de los aranceles? ¿Cuando se dice que ”Tomando como base el número de subprogramas autorizados por el Consejo Nacional de Universidades en cada Pedagógico Bs. 658 anuales para cada uno, de manera que pueda ayudar al funcionamiento básico del postgrado” es para cada subprograma de Especializaciones, Maestrías y Doctorados o es para el número de subprogramas que conforman las Especializaciones, Maestrías y Doctorados? Y en el cuadro de Formación de Postgrados el monto de los gastos Pendientes por Distribuir y gastos Propios de la Sede Rectoral se equipara a la suma de los montos asignados para todos los pedagógicos.

3) Proyecto Generación, Divulgación y Aplicación del Conocimiento. Se favorece la investigación como soporte y fundamento del quehacer Universitario; generar nuevos conocimientos e innovaciones, así como los cambios y transformaciones requeridas que propicien en términos de excelencia el mejoramiento de la calidad en la educación de la comunidad local, regional y nacional, como una contribución al desarrollo humanístico, científico, tecnológico, social y cultural del país. Los recursos del aporte fiscal correspondientes a la Norma CNU deben financiar los gastos propios de las acciones de gerencia y coordinación académica de la Investigación y los gastos de funcionamiento asociados a la acción específica de la Investigación por áreas del conocimiento y el gasto necesario para la promoción, difusión y fomento de la investigación. Será distribuido de la siguiente manera:
3.1) El veinte por ciento (20%) de la totalidad de los recursos financiará el funcionamiento de los Centros, Núcleos e Institutos de Investigación, tomando como base el número la estructura interna de cada Instituto Pedagógico;
3.2) Estarán pendientes por distribuir, los recursos que garantizan el financiamiento de la Investigación de la Universidad y serán distribuidos en el presupuesto del Pedagógico y financieramente a FONDEIN, en función de los proyectos de investigación aprobados por la Comisión Coordinadora de Investigación y Postgrado a solicitud de los Subdirectores de Investigación y Postgrado, y presentados a los Consejos Directivos de los Pedagógicos de acuerdo a la normativa vigente que rige la materia; estos recursos se distribuirán semestralmente en atención a la planificación aprobada por la Comisión Coordinadora de Investigación y Postgrado, presentada por el Vicerrectorado a la Dirección General de Planificación y Desarrollo. Los gastos necesarios para la promoción, difusión y fomento de la investigación, serán distribuidos a cada Pedagógico de acuerdo a la cantidad de publicaciones que estén incluidas en el Plan Operativo de la unidad ejecutora para el ejercicio 2.010 y luego de haber sido sometidos a un proceso de arbitraje por el Vicerrectorado de Investigación y Postgrado. No existen recursos para financiar movilizaciones, viáticos y pasajes nacionales ni internacionales.

Total Proyecto 03 "Generación, Divulgación y Aplicación del Conocimiento"


IPC

IPB

IPMar

IPMat

IPM Siso

IMPM

IPRMácar

IPRGR

Total S R

Total

22.589

11.009

30.309

26.449

16.799

11.009

3.289

9.079

480.230


Observación: Si no existen recursos para financiar movilizaciones, viáticos y pasajes nacionales ni internacionales, entonces, para que se asignan recursos para la difusión y promoción de la investigación? ¿Esto implica que no habrá Coordinadoras de Investigación y Postgrado? Y en el cuadro de Generación, Divulgación y Aplicación del Conocimiento el monto de los gastos Pendientes por Distribuir y gastos Propios de la Sede Rectoral supera a la suma de los montos asignados para todos los pedagógicos.

4) Proyecto Intercambio del Conocimiento con la Sociedad. Los recursos del aporte fiscal correspondientes a la Norma CNU deben financiar la totalidad de los gastos propios de las acciones de gerencia y coordinación académica de la Extensión y los gastos de funcionamiento e inversión asociados a la acción de Proyección Social, Divulgación y Desarrollo Deportivo, Divulgación y Desarrollo Cultural y la Asistencia Profesional y Técnica. Los recursos de la Norma del CNU para el financiamiento de la acción Proyección Social serán distribuidos de la siguiente manera: 20% para financiar la acción de divulgación y desarrollo que se realiza desde la Sede Rectoral y el 80% a los Pedagógicos distribuidos 40% en partes iguales para garantizar la proyección de la Universidad en la sociedad, 20% de acuerdo al acompañamiento y asistencia técnica intra, inter y extra institucional proyectada por cada Pedagógico y el 20% distribuido en partes iguales según la asistencia socio pedagógica a comunidades de su área de influencia; las actividades están incluidas en el Plan Operativo 2.010.
5) Los recursos de la Norma CNU que financian la Acción Divulgación y Desarrollo Deportivo serán distribuidos a los Pedagógicos de la siguiente manera: 15% en partes iguales para garantizar el funcionamiento básico del Deporte en la Universidad, 15% tomando el número de selecciones o equipos deportivos de cada uno, 15% con la base del número de atletas integrantes de selecciones deportivas y 5% para financiar los eventos incluidos en el Plan Operativo 2.010 de cada Pedagógico. El 50% restante se distribuirá: 40% para financiar los eventos deportivos de carácter nacional y para actividades deportivas relacionadas con la comunidad universitaria que fueron programadas para este ejercicio desde la Sede Rectoral y el 10% para la organización de los campamentos deportivos coordinados conjuntamente con la Dirección de Bienestar Estudiantil y serán ejecutados desde la Sede Rectoral.
Los recursos de la Norma CNU que financian la Acción de Divulgación y Desarrollo Cultural se distribuyen: 30% para garantizar el financiamiento de las actividades de carácter nacional incluidas en el Plan Operativo 2.010 que serán ejecutadas desde la Sede Rectoral; el 35% distribuido en partes iguales a los Pedagógicos para el funcionamiento básico de la Cultura, el 35% restante tomando en cuenta el número de participantes en las agrupaciones registradas de cada Pedagógico las cuales tienen planificadas actividades inherentes a la cultura durante el ejercicio.
Los recursos de la Norma CNU que financian la Acción Asistencia Profesional y Técnica, serán distribuidos en partes iguales a los Pedagógicos que garantizará el funcionamiento básico de la extensión académica y que además permitiría el desarrollo de las actividades autofinanciadas.


Total Proyecto 04 "Intercambio del Conocimiento con la sociedad"


IPC

IPB

IPMar

IPMat

IPM Siso

IMPM

IPRMácar

IPRGR

Total S R

Total

23.559

21.984

21.434

19.614

19.708

18.881

17.993

18.678

265.268


Observación: Se hacen distribuciones porcentuales sin conocerse el monto asignado para cada Acción ni se especifica el número de participante o atletas, ni los eventos programados a realizarse en el año. ? Y en el cuadro de Intercambio del Conocimiento con la sociedad el monto de los gastos Pendientes por Distribuir y gastos Propios de la Sede Rectoral supera a la suma de los montos asignados para todos los pedagógicos.

5) Proyecto Captación, Permanencia y Formación Integral del Estudiante. Se debe garantizar el desarrollo de acciones que permitan la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación y ejecutar programas socioeducativos que aseguren la permanencia en el sistema educativo, dirigidos a romper el círculo de la inequidad social.

Los recursos asignados a la Universidad por el Ejecutivo Nacional correspondientes a las providencias estudiantiles financiarán la totalidad de los gastos propios de las acciones de gerencia y coordinación tanto para la Dirección de Desarrollo y Bienestar Estudiantil como para la Unidades de Desarrollo y Bienestar Estudiantil de los Pedagógicos necesarias para garantizar justicia y equidad en los programas sociales. Fueron distribuidos a los Pedagógicos los beneficios socioeconómicos de los estudiantes ajustados a su Plan Operativo Anual, en las mismas condiciones del 2009. El servicio de comedor esta distribuido por 133 días, el resto quedara pendientes por distribuir y será asignado de acuerdo a la ejecución del primer semestre.


Total Proyecto 05 "Captación Permanencia y Formación Integral del Estudiante"


IPC

IPB

IPMar

IPMat

IPM Siso

IMPM

IPRMácar

IPRGR

Total S R

Total

3.749.494

3.958.988

3.445.716

4.352.743

1.990.668

671.260

2.252.218

2.034.257

7.458.072


Observación: No se conoce el monto a distribuir asignado por los recursos de la Norma CNU En el rubro de Intercambio del Conocimiento con la sociedad. El monto de los gastos Pendientes por Distribuir y gastos Propios de la Sede Rectoral supera a la suma de los montos asignados para todos los pedagógicos, tal como se puede apreciar en el cuadro anterior.

6) Proyecto Fortalecimiento y Desarrollo de la Gestión Científica, Tecnológica y Humanística. Se debe financiar el apoyo documental y teleinformático a la comunidad interna y externa en procura de la calidad y equidad de su formación académica. En este proyecto están incluidos el costo del funcionamiento de los servicios bibliotecarios, laboratorios, centros de documentación y los laboratorios Alma Mater.
Los recursos de la Norma CNU que financian al proyecto Fortalecimiento y desarrollo de la gestión científica, tecnológica y humanística serán distribuidos a los Pedagógicos de la siguiente manera: un 30% en partes iguales para garantizar el funcionamiento básico en cada uno de ellos, un 30% en atención al número de bibliotecas, centros de documentación y laboratorios, un 40% distribuido por la cantidad de matrícula del 2009. La Universidad establece que los recursos destinados a este servicio deberán estar destinados prioritariamente, a la consolidación de espacios que apoyen de manera general a los usuarios y así optimizar el espacio físico, el recurso humano especializado, materiales, servicios, equipos y el recurso bibliográfico. No habrá recursos pendientes por distribuir.

Total Proyecto 06 "Fortalecimiento y Desarrollo de la gestión científica, tecnológica y humanística


IPC

IPB

IPMar

IPMat

IPM Siso

IMPM

IPRMácar

IPRGR

Total S R

Total

27.025

40.807

28.281

35.612

29.834

55.520

39.666

25.004

15.311


7) En las Acciones Centralizadas los créditos presupuestarios deberían permitir la administración de los recursos asignados a los gastos de los trabajadores, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente y las convenciones colectivas de trabajo y garantizar además el funcionamiento de la Universidad, gastos que no son directamente asociables a los proyectos. Sin embargo, los recursos serán distribuidos a los Pedagógicos, tal como fueron programados en el Presupuesto 2.009, sin incrementos para ajustarlo a los niveles de inflación actuales, de acuerdo a los lineamientos emanados por el Ejecutivo Nacional, lo que implica que el presupuesto del año 2.010 es insuficiente.
Observación: No se conoce el monto a distribuir de los créditos presupuestarios solicitados que permita cubrir los gasstos de los trabajadores por convenciones colectivas y de funcionamiento de la universidad producto de la norma CNU. Además en el rubro de Acciones Centralizadas se dice que los recursos serán distribuidos a los Pedagógicos, tal como fueron programados en el Presupuesto 2.009 lo que implica una insuficiencia en el presupuesto 2010 ya que no se tomó en cuenta el índice inflacionario del 2009. Pero ¿cuánto es esta insuficiencia por el índice inflacionario?


8) El Aporte Patronal para Caja de Ahorros, Ley de Política Habitacional y Fondo de Jubilaciones y Pensiones (sólo personal activo) se presupuestaron para seis meses. No se presupuestó el Aporte correspondiente al Seguro Social Obligatorio y Paro Forzoso. Los recursos restantes serán reportados como insuficiencia a la OPSU, ya que el presupuesto 2.010 no cuenta con el recurso presupuestario y financiero para cubrir los doce meses del año.

9) Gastos de Funcionamiento

La Partida
4.01 “Gastos de Personal” distribuido a cada Instituto contempla los siguientes aspectos:
  • Se garantiza la cancelación de sueldos y salarios durante todo el ejercicio fiscal de los cargos reflejados en la estructura vigente en SAAUPEL de cada Instituto. Por tanto la ejecución física y financiera de los gastos de personal deberá realizarse como lo establece la Estructura de Cargos de cada Instituto aprobados para este ejercicio.


  • a. Se garantiza la cancelación de sueldos y salarios durante todo el ejercicio fiscal de los cargos reflejados en la estructura vigente en SAAUPEL de cada Instituto. Por tanto la ejecución física y financiera de los gastos de personal deberá realizarse como lo establece la Estructura de Cargos de cada Instituto aprobados para este ejercicio.

    b. Está contemplado en el presupuesto del gasto de personal de los Institutos el concepto de Aporte para pago de guardería, que se les otorga a los trabajadores y trabajadoras que tengan hijos menores de cinco años, según la información reflejada en los expedientes de los trabajadores en SAAUPEL.

    c. Se incorporaron los cambios en las estructuras de cargos, producto de los traslados entre los Institutos y la Sede Rectoral del personal docente, administrativo y obrero, que cumplieron con los requisitos para tales fines, aprobados por la Dirección General de Personal durante el ejercicio 2.009, con vigencia efectiva en el presupuesto 2.010, y que además hayan sido reportados a la Dirección General de Planificación y Desarrollo. Para garantizar que los Institutos mantengan las estructuras de cargos necesarias para su funcionamiento, no se podrán ceder cargos entre las estructuras organizativas internas o entre Institutos.

    d. Están incluidos los cargos creados en el año 2009 para normalizar la situación del personal contratado administrativo y obrero de los Institutos tal como lo establece la normativa que rige la materia.

    e. Las jubilaciones aprobadas por el Consejo Universitario correspondientes a los meses de julio y diciembre del año 2.009, están respaldadas presupuestariamente en la partida 407 “Transferencias”.

    f. Las pensiones aprobadas por el Consejo Universitario durante el ejercicio fiscal 2009, están respaldadas presupuestariamente en la partida 407 “Transferencias”.

    g. En materia de reposición se procederá a realizar el estudio de prioridades y a certificar con la dependencia solicitante su estructura de cargos, verificar de manera conjunta el requerimiento del recurso humano y levantar un acta donde se motive la solicitud del requerimiento ajustado en estricta correspondencia con la estructura, a los efectos de garantizar en el ejercicio 2010, las reposiciones necesarias para el funcionamiento de la Universidad.

    h. Si durante el ejercicio fiscal 2.010 algún trabajador de la Universidad fallece, el monto del sueldo o salario correspondiente al cargo que éste ocupaba al momento del deceso, debe quedar causado mensualmente sin pagar hasta que los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes consignen la documentación conforme al Reglamento que rige la materia.

    i. Las clasificaciones del personal administrativo y obrero aprobadas durante el ejercicio 2.009 están respaldadas.

    j. Están actualizadas las primas de profesionalización del personal administrativo producto del estudio la sinceración de estructuras de los institutos realizada en el 2009. Aquellas solicitudes que no fueron presentadas al momento del anteproyecto de presupuesto serán incluidas en la proyección del ejercicio 2.011.

    k. Los cambios de categorías del personal docente aprobados por el Consejo Universitario durante el ejercicio 2.009 están incorporados en la estructura de cargos de los Institutos, en consecuencia existe el respaldo presupuestario para este ejercicio.

    l. La actualización de los sueldos del Personal Académico que cambiará de Categoría, se realizará como lo indica el Reglamento General del Personal Académico.

    m. Los bonos vacacional y de fin de año fueron calculados y distribuidos en base a la fórmula UPEL, por lo que no deberá presentarse ninguna diferencia entre lo que se distribuye como legalmente presupuestado y lo ejecutado por estos conceptos.

    n. La prima de antigüedad del personal administrativo, obrero así como la prima de antigüedad de los Docentes Titulares a Tiempo Completo y a Dedicación Exclusiva se contempló sobre la base del crecimiento de un año de acuerdo a la información contenida en los expedientes.

    o. El beneficio de cesta ticket para el personal obrero, administrativo y docente, que cumpla con la jornada laboral a tiempo completo, medio tiempo y tiempo convencional, tal como lo indica la Oficina de Planificación del Sector Universitario, se proyectó y distribuyó a cada Pedagógico el 50% de la unidad tributaria de CINCUENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs. 55), para un total de VEINTISIETE BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 27,5) diarios para dicho beneficio, por diez (10) meses. Los meses restantes será reportado como insuficiencia a la OPSU, ya que el presupuesto 2.010 no cuenta con el recurso presupuestario para cubrir los doce meses del año. Este gasto deberá ejecutarse presupuestariamente en el proyecto, acción específica, producto y Pedagógico al cual esté adscrito el trabajador y la ejecución financiera estará centralizada en la Sede Rectoral para facilitar el trámite administrativo correspondiente.

    p. El presupuesto de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador contempla sólo recursos para la contratación de docentes que atiendan la oferta académica.

    q. Sólo se podrán financiar con ingresos propios las ofertas académicas.

    r. Los becarios del Programa Generación de Relevo, que durante el ejercicio anterior cumplieron con los requisitos para pertenecer al personal docente de la Universidad en período de prueba y que al cierre del ejercicio anterior fueron aprobados por el Consejo Universitario, tienen garantizado los cargos como Instructores a Tiempo Completo en los Pedagógicos. Para los que se encuentran en trámite, los cargos estarán pendientes por distribuir en la Sede Rectoral hasta materializar el ingreso.

    s. La Contratación del Personal Docente necesario para cubrir la administración de la oferta académica, deberá estar autorizada por el Rector a proposición del Director o Directora del Instituto mediante punto de cuenta, cumpliendo con los procedimientos legales establecidos.

    t. El costo por hora para la administración de la oferta académica de pregrado, será la establecida en las Normas de Homologación 2.006-2.007 en la categoría de Instructor a tiempo convencional, por un máximo de siete (07) horas a la semana; si se justifica una dedicación superior, la contratación se realizará a medio tiempo.

    u. La contratación del Personal Jubilado para cubrir la oferta académica, se hará hasta un máximo de 7 (siete) horas semanales hasta la categoría de agregado.

    v. Las estructuras de cargos de los Institutos contemplan la contratación de un personal docente jubilado por siete (7) horas a la semana durante el ejercicio, para coordinar Atención al Jubilado en la acción específica Proyección Social del proyecto Intercambio del Conocimiento con la Sociedad.

    w. Las suplencias que podrán ser financiadas, son las que se generen por:

    · Renuncias de trabajadores,

    · Comisiones de servicio no remuneradas,

    · Porcentajes disponibles producto de pensiones,

    · Fallecimientos sin descendientes.

    x. Los traslados de personal serán efectivos sólo si se cumplen las cuatro condiciones:

    · Si existen cargos vacantes,

    · Si obedece a un cambio mutuo,

    · Si existe la disponibilidad en la estructura organizativa,

    · Si el perfil del trabajador que aspira el traslado se corresponde con las exigencias del cargo a ocupar.

    y. Se considera que la dependencia que ceda un recurso no lo requiere, y por lo tanto no podrá solicitar la reposición o creación de ese cargo para el próximo ejercicio fiscal.

    z. No se podrán adquirir compromisos por contratos de servicios especiales para los cuales no existan créditos presupuestarios, y no se podrán disponer de créditos para una finalidad distinta a la prevista.

    aa. Los cargos de la estructura organizativa deberán ocuparse por personal que cumpla con el perfil y los requisitos establecidos en los documentos que rigen la materia en la UPEL

    bb. El Aporte Patronal para Caja de Ahorros, Ley de Política Habitacional y Fondo de Jubilaciones y Pensiones (sólo personal activo) se presupuestaron para seis meses. No se presupuestó el Aporte correspondiente al Seguro Social Obligatorio y Paro Forzoso. Los recursos restantes serán reportados como insuficiencia a la OPSU, ya que el presupuesto 2.010 no cuenta con el recurso presupuestario y financiero para cubrir los doce meses del año.

    cc. Las preparadurías se estimaron en quinientos bolívares (Bs. 500) mensuales para un preparador con doce (12) horas de clases semanales. Se distribuyeron a los Pedagógicos los preparadores que ganaron concurso durante el ejercicio 2009.

    dd. El Bono Doctor del Personal Docente correspondiente al ejercicio fiscal 2.010 está distribuido a los Pedagógicos de acuerdo a la información suministrada por las Unidades de Personal para el ejercicio 2.009, es decir los Docentes que cumplieron con los requisitos establecidos en la Norma que rige la materia.

    ee. El Consejo Universitario y los Consejos Directivos de los Institutos no podrán negociar, aprobar cláusulas, ni establecer normas que impliquen incrementos en las erogaciones presupuestarias por sueldos y beneficios adicionales básicos y complementarios, por cuanto estos están regulados por los acuerdos laborales aprobados por el Consejo Nacional de Universidades, a través de las Normas de Homologación y Normativa Laboral. Tampoco podrán acordar la creación de beneficios adicionales distintos a los que hayan sido legalmente aprobados con anterioridad a la vigencia de estas políticas.

    · Cada proyecto tiene programado créditos para las partidas 4.02 “Materiales, Suministros y Mercancías” y 4.03 “Servicios no Personales”. Estos créditos fueron considerados con la base de lo ejecutado para el ejercicio 2009.

    · No están respaldado los servicios básicos, serán solicitado al ejecutivo nacional en el informe de insuficiencia.

    · En cada proyecto, acción específica y producto, la partida 4.03 “Servicios no Personales” tiene incluido el gastos administrativo y el IVA correspondiente al Cesta Ticket del personal Docente, Administrativo y Obrero.

    · No se podrán adquirir compromisos por contratos de servicios para los cuales no existan créditos presupuestarios, y no se podrán disponer de créditos para una finalidad distinta a la prevista.

    · La Dirección General de Administración y Finanzas y las Unidades de Administración de los Pedagógicos, velarán por el estricto cumplimiento de la aplicación del Manual de Normas y Procedimientos que rigen la materia de adquisiciones de materiales y servicios aprobados por el Consejo Universitario.

    · Las adquisiciones deberán realizarse donde se encuentre la acción especifica del proyecto el cual debe disponer de créditos presupuestarios en el respectivo Pedagógico, cumpliendo con las normas establecidas para la materia; salvo aquellas que por su carácter estratégico o corporativo requieran ser coordinadas por el ente que designe el Rector de la Universidad.


“Transferencias”.

  • Las pensiones aprobadas por el Consejo Universitario durante el ejercicio fiscal 2009, están respaldadas presupuestariamente en la partida 407 “Transferencias”.
En materia de reposición se procederá a realizar el estudio de prioridades y a certificar con la dependencia solicitante su estructura de cargos, verificar de manera conjunta el requerimiento del recurso humano y levantar un acta donde se motive la solicitud del requerimiento ajustado en estricta correspondencia con la estructura, a los efectos de garantizar en el ejercicio 2010, las reposiciones necesarias para el funcionamiento de la Universidad.
Si durante el ejercicio fiscal 2.010 algún trabajador de la Universidad fallece, el monto del sueldo o salario correspondiente al cargo que éste ocupaba al momento del deceso, debe quedar causado mensualmente sin pagar hasta que los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes consignen la documentación conforme al Reglamento que rige la materia.
Las clasificaciones del personal administrativo y obrero aprobadas durante el ejercicio 2.009 están respaldadas.
Están actualizadas las primas de profesionalización del personal administrativo producto del estudio la sinceración de estructuras de los institutos realizada en el 2009. Aquellas solicitudes que no fueron presentadas al momento del anteproyecto de presupuesto serán incluidas en la proyección del ejercicio 2.011.
Los cambios de categorías del personal docente aprobados por el Consejo Universitario durante el ejercicio 2.009 están incorporados en la estructura de cargos de los Institutos, en consecuencia existe el respaldo presupuestario para este ejercicio.
La actualización de los sueldos del Personal Académico que cambiará de Categoría, se realizará como lo indica el Reglamento General del Personal Académico.
Los bonos vacacional y de fin de año fueron calculados y distribuidos en base a la fórmula UPEL, por lo que no deberá presentarse ninguna diferencia entre lo que se distribuye como legalmente presupuestado y lo ejecutado por estos conceptos.
La prima de antigüedad del personal administrativo, obrero así como la prima de antigüedad de los Docentes Titulares a Tiempo Completo y a Dedicación Exclusiva se contempló sobre la base del crecimiento de un año de acuerdo a la información contenida en los expedientes.
El beneficio de cesta ticket para el personal obrero, administrativo y docente, que cumpla con la jornada laboral a tiempo completo, medio tiempo y tiempo convencional, tal como lo indica la Oficina de Planificación del Sector Universitario, se proyectó y distribuyó a cada Pedagógico el 50% de la unidad tributaria de CINCUENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs. 55), para un total de VEINTISIETE BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 27,5) diarios para dicho beneficio, por diez (10) meses. Los meses restantes será reportado como insuficiencia a la OPSU, ya que el presupuesto 2.010 no cuenta con el recurso presupuestario para cubrir los doce meses del año. Este gasto deberá ejecutarse presupuestariamente en el proyecto, acción específica, producto y Pedagógico al cual esté adscrito el trabajador y la ejecución financiera estará centralizada en la Sede Rectoral para facilitar el trámite administrativo correspondiente.
El presupuesto de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador contempla sólo recursos para la contratación de docentes que atiendan la oferta académica.
Sólo se podrán financiar con ingresos propios las ofertas académicas.
Los becarios del Programa Generación de Relevo, que durante el ejercicio anterior cumplieron con los requisitos para pertenecer al personal docente de la Universidad en período de prueba y que al cierre del ejercicio anterior fueron aprobados por el Consejo Universitario, tienen garantizado los cargos como Instructores a Tiempo Completo en los Pedagógicos. Para los que se encuentran en trámite, los cargos estarán pendientes por distribuir en la Sede Rectoral hasta materializar el ingreso.

La Contratación del Personal Docente necesario para cubrir la administración de la oferta académica, deberá estar autorizada por el Rector a proposición del Director o Directora del Instituto mediante punto de cuenta, cumpliendo con los procedimientos legales establecidos.

El costo por hora para la administración de la oferta académica de pregrado, será la establecida en las Normas de Homologación 2.006-2.007 en la categoría de Instructor a tiempo convencional, por un máximo de siete (07) horas a la semana; si se justifica una dedicación superior, la contratación se realizará a medio tiempo.

La contratación del Personal Jubilado para cubrir la oferta académica, se hará hasta un máximo de 7 (siete) horas semanales hasta la categoría de agregado.

Las estructuras de cargos de los Institutos contemplan la contratación de un personal docente jubilado por siete (7) horas a la semana durante el ejercicio, para coordinar Atención al Jubilado en la acción específica Proyección Social del proyecto Intercambio del Conocimiento con la Sociedad.

Las suplencias que podrán ser financiadas, son las que se generen por:

Renuncias de trabajadores,

Comisiones de servicio no remuneradas,

Porcentajes disponibles producto de pensiones,

Fallecimientos sin descendientes.

Los traslados de personal serán efectivos sólo si se cumplen las cuatro condiciones:

Si existen cargos vacantes,

Si obedece a un cambio mutuo,

Si existe la disponibilidad en la estructura organizativa,

Si el perfil del trabajador que aspira el traslado se corresponde con las exigencias del cargo a ocupar.

Se considera que la dependencia que ceda un recurso no lo requiere, y por lo tanto no podrá solicitar la reposición o creación de ese cargo para el próximo ejercicio fiscal.

No se podrán adquirir compromisos por contratos de servicios especiales para los cuales no existan créditos presupuestarios, y no se podrán disponer de créditos para una finalidad distinta a la prevista.

Los cargos de la estructura organizativa deberán ocuparse por personal que cumpla con el perfil y los requisitos establecidos en los documentos que rigen la materia en la UPEL

El Aporte Patronal para Caja de Ahorros, Ley de Política Habitacional y Fondo de Jubilaciones y Pensiones (sólo personal activo) se presupuestaron para seis meses. No se presupuestó el Aporte correspondiente al Seguro Social Obligatorio y Paro Forzoso. Los recursos restantes serán reportados como insuficiencia a la OPSU, ya que el presupuesto 2.010 no cuenta con el recurso presupuestario y financiero para cubrir los doce meses del año.

Las preparadurías se estimaron en quinientos bolívares (Bs. 500) mensuales para un preparador con doce (12) horas de clases semanales. Se distribuyeron a los Pedagógicos los preparadores que ganaron concurso durante el ejercicio 2009.

El Bono Doctor del Personal Docente correspondiente al ejercicio fiscal 2.010 está distribuido a los Pedagógicos de acuerdo a la información suministrada por las Unidades de Personal para el ejercicio 2.009, es decir los Docentes que cumplieron con los requisitos establecidos en la Norma que rige la materia.

El Consejo Universitario y los Consejos Directivos de los Institutos no podrán negociar, aprobar cláusulas, ni establecer normas que impliquen incrementos en las erogaciones presupuestarias por sueldos y beneficios adicionales básicos y complementarios, por cuanto estos están regulados por los acuerdos laborales aprobados por el Consejo Nacional de Universidades, a través de las Normas de Homologación y Normativa Laboral. Tampoco podrán acordar la creación de beneficios adicionales distintos a los que hayan sido legalmente aprobados con anterioridad a la vigencia de estas políticas.

Cada proyecto tiene programado créditos para las partidas 4.02 “Materiales, Suministros y Mercancías” y 4.03 “Servicios no Personales”. Estos créditos fueron considerados con la base de lo ejecutado para el ejercicio 2009.

No están respaldado los servicios básicos, serán solicitado al ejecutivo nacional en el informe de insuficiencia.

En cada proyecto, acción específica y producto, la partida 4.03 “Servicios no Personales” tiene incluido el gastos administrativo y el IVA correspondiente al Cesta Ticket del personal Docente, Administrativo y Obrero.

No se podrán adquirir compromisos por contratos de servicios para los cuales no existan créditos presupuestarios, y no se podrán disponer de créditos para una finalidad distinta a la prevista.

La Dirección General de Administración y Finanzas y las Unidades de Administración de los Pedagógicos, velarán por el estricto cumplimiento de la aplicación del Manual de Normas y Procedimientos que rigen la materia de adquisiciones de materiales y servicios aprobados por el Consejo Universitario.

Las adquisiciones deberán realizarse donde se encuentre la acción especifica del proyecto el cual debe disponer de créditos presupuestarios en el respectivo Pedagógico, cumpliendo con las normas establecidas para la materia; salvo aquellas que por su carácter estratégico o corporativo requieran ser coordinadas por el ente que designe el Rector de la Universidad.

Transferencias

Los recursos asignados a la Universidad por el Ejecutivo Nacional, correspondientes a las providencias estudiantiles fueron distribuidos a los Pedagógicos para garantizar los beneficios socioeconómicos de los becarios, ajustados a su Plan Operativo Anual 2.010.

No se consideraron recursos para incrementar el número de beneficiarios para las becas estudio y las becas trabajo. Las becas estudio a Bs. 200 y las becas trabajo a Bs. 240 mensual por beneficiario, tal como fueron ejecutadas en el año 2.009. Se otorgarán a los atletas seleccionados por la Dirección de Desarrollo y Bienestar Estudiantil autorizados por el Rector, becas en efectivo por Bs. 200 mensuales.

El costo del plato de comedor en los Pedagógicos a Bs. 8,5, según lo programado en el Plan Operativo Anual.

Están garantizados los recursos de los becarios existentes en el Programa de Generación de Relevo de cada Pedagógico a Bs. 1.116 mensual por 14 meses y un fondo para gastos de materiales de instrucción de Bs. 25.000. No se proyectaron nuevos ingresos para este programa.

Las jubilaciones, pensiones y los recursos para la recurrencia sobrevivientes se formularon con la estructura de cargos vigente a la fecha. Los años de antigüedad del personal docente, administrativo y obrero jubilados deberá mantener su valor alcanzado a partir de la fecha efectiva de su jubilación o pensión.

Disminución de Pasivos

La partida incluye los recursos para la cancelación del 8,5% de intereses de prestaciones sociales del Personal Docente y Administrativo El Fideicomiso a Obreros estará pendiente por distribuir hasta tanto la Dirección General de Personal determine el monto de los intereses a cancelar.

El Anticipo de Prestaciones Sociales estará pendiente por distribuir hasta que el Rector, a través de un estudio desarrollado por la Dirección General de Personal apruebe su distribución a los Pedagógicos.

Los recursos para la cancelación de las prestaciones sociales (antigüedad e intereses) del personal, cuya relación de trabajo finalizó por jubilación, pensión, retiro o por cualquier otra causa, estarán centralizados en la OPSU.

Por último presentamos un cuadro de los gastos de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, el cual está incompleto por falta de información y un anexo del Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos para orientar en la comprensión de las partidas que lo conforman.



Presupuesto de Gastos del ejercicio fiscal 2010


Total Presupuesto de Recursos para la UPEL del ejercicio Fiscal 2010



646.751.170

1

Otros gastos


??????


2

Gastos de Personal (Partida 4.01)de la Universidad


??????


3

Gastos en actividades propias de la Universidad


32.804.090


3.a

Proyecto de Formación de Docentes

1.438.366



Proyecto de Formación de Postgrado

117.167



Intercambio del Conocimiento con la Sociedad

427.119



Generación, Divulgación y Aplicación del Conocimiento"

610.762



Captación, Permanencia y Formación Integral del Estudiante

29.913.416



Fortalecimiento y Desarrollo de la Gestión Científica, Tecnológica y Humanística

297.260



2.b

Gastos en Actividades de la Gestión Administrativa en las Acciones Centralizadas


??????


3

Fondo de Reserva Patrimonial


??????


4

Acciones Centralizadas


??????


5

Programa de Generación de Relevo


15624xBec? + 25.000 Fu


ANEXO

Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos

El Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos constituye las asignaciones presupuestarias de los distintos conceptos de gastos, así como el ordenamiento de los datos estadísticos mediante los cuales se resumen, consolidan y organizan las estadísticas presupuestarias con el fin de generar elementos de juicio para la planificación de las políticas económicas y presupuestarias, facilitar el análisis de los efectos económicos y sociales de las actividades del sector público y su impacto en la economía o en sectores particulares de la misma, y hacer posible la formulación y ejecución financiera del presupuesto

Dentro de uno de sus principales objetivos se encuentra Identificar y registrar la totalidad de los flujos de origen y aplicación de los recursos financieros.

Este nuevo instrumento comprende dos grandes grupos de cuentas a saber: Recursos y Egresos. Cada grupo de cuenta básica tiene sus cuatro niveles de desagregación identificados por códigos numéricos de ocho posiciones, y por la clasificación, denominación y descripción de las respectivas cuentas.

El grupo de cuentas 3.00.00.00.00 referidas a los Recursos permite identificar los diferentes niveles en ramos y en subramos genéricos, específicos y subespecíficos mientras que el grupo de cuentas 4.00.00.00.00 referidas a los Egresos permite identificar los diferentes niveles en partidas, genéricas, específicas y sub-específicas ajustados a los requerimientos de los organismos del sector público, y de la normativa legal vigente. En este sentido, las partidas que conforman los Recursos y los Egresos son las siguientes

Recursos

Egresos

3.00.00.00.00

4.00.00.00.00

3.X.00.00.00 Ramo

3.X.X.00.00 Subramo

3.X.X.X.00 Específico

3.X.X.X.X Sub-específico

4.X.00.00.00 Partida

4.X.X.00.00 Genérica

4.X.X.X.00 Específica

4.X.X.00.X Sub-específica

3.01.00.00.00 “Ingresos Ordinarios”

3.02.00.00.00 “Ingresos Extraordinarios”

3.03.00.00.00 “Ingresos de Operación”

3.04.00.00.00 “Ingresos Ajenos a la Operación

3.05.00.00.00 “Transferencias y Donaciones”

3.06.00.00.00 “Recursos Propios de Capital”

3.07.00.00.00 “Venta de Títulos y Valores que no otorgan Propiedad”

3.08.00.00.00 “Venta de Acciones y Participaciones de Capital”

3.09.00.00.00 “Recuperación de Préstamos de Corto Plazo”

3.10.00.00.00 “Recuperación de Préstamos de Largo Plazo”

3.11.00.00.00 “Disminución de Otros Activos Financieros”

3.12.00.00.00 “Incremento de Pasivos”

3.13.00.00.00 “Incremento del Patrimonio

4.01.00.00.00 “Gastos de Personal”

4.02.00.00.00 “Materiales, Suministros y Mercancías”

4.03.00.00.00 “Servicios no Personales”

4.04.00.00.00 “Activos Reales”

4.05.00.00.00 “Activos Financieros”

4.06.00.00.00 “Gastos de Defensa y Seguridad del Estado”

4.07.00.00.00 “Transferencias y Donaciones”

4.08.00.00.00 “Otros Gastos”

4.09.00.00.00 “Asignaciones no Distribuidas”

4.10.00.00.00 “Servicio de la Deuda Pública

4.11.00.00.00 “Disminución de Pasivos”

4.12.00.00.00 “Disminución del Patrimonio”

4.98.00.00.00 “Rectificaciones al Presupuesto


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